6.11.06

(Re)definiendo el libro

Carmen Calvo, ministra de Cultura

Curiosamente, hace más o menos de un mes hablé por aquí sobre la redefinición del concepto de libro y su actualización, aunque más bien fuese para defenderlo como vehículo de cultura ante quienes pudieran considerarlo como una reliquia del pasado innecesaria ante los vertiginosos avances tecnológicos. Pues bien, en el último Consejo de Ministros el Gobierno aprobó el proyecto de Ley de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas, donde precisamente una de las cosas que pretenden hacer es redefinir el concepto de libro para ampliarlo, no para declararlo obsoleto. En la nota de prensa del Ministerio de Cultura donde se anuncia esta aprobación se indica que la definición de libro que se propondrá es:

Se entiende por libro la obra científica, literaria o de cualquier otra índole que constituye una publicación unitaria editada en uno o varios volúmenes y que puede aparecer impresa o en cualquier otro soporte susceptible de lectura. En esta definición quedan incluidos los materiales complementarios de carácter impreso, visual, audiovisual o sonoro que sean editados conjuntamente con el libro y que participen del carácter unitario del mismo, así como cualquier otra manifestación editorial.

Habrá que estar atentos al texto y a las modificaciones que sufra en las Cortes, pero al menos esta definición no me parece mala: es lo suficientemente ambigua como para abarcar todas las formas en que puede presentarse la información y no trata el tradicional libro en papel como un trapo viejo. Ya veremos.

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